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¿A cuántas horas de descanso anual se tiene derecho en el servicio doméstico?
En el año hay catorce días festivos que coinciden con el calendario laboral. Si se trabaja en alguna de estas fiestas laborales de carácter general, el tiempo trabajado se cobra como horas extras o se compensa por tiempos equivalentes de descanso retribuido.
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Con una jornada de cuarenta horas semanales, hay un día y medio de fiesta a la semana. De las 36 horas de descanso semanal, al menos 24 tienen que ser consecutivas, y disfrutadas preferentemente en domingo.
Si se duerme en el domicilio de trabajo, se tiene derecho a una interrupción de ocho horas seguidas entre una y otra jornada. Si se duerme fuera del domicilio de trabajo, han de pasar diez horas de descanso ininterrumpidas.
La jornada laboral máxima es de cuarenta horas semanales. En ningún caso las horas ordinarias de trabajo efectivo diario pueden ser más de nueve.