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¿Cuál es el salario que se ha de cobrar para el servicio doméstico?

El salario será el que las partes acuerden; no obstante, el Gobierno anualmente aprueba mediante Real Decreto el Salario Mínimo Interprofesional, que es la cantidad diaria o mensual que, como mínimo, deben percibir los trabajadores.

Para el año 2007 los salarios mínimos establecidos para relaciones a jornada de trabajo completo (cuarenta horas semanales) son de 19,02 euros/día ó 570,60 euros/mes, según el salario esté fijado por días o por meses.

En los salarios diarios, no están incluidas las partes proporcionales de domingos y días festivos.

¿A cuántas horas de descanso semanal se tiene derecho en el servicio doméstico?

Con una jornada de cuarenta horas semanales, hay un día y medio de fiesta a la semana. De las 36 horas de descanso semanal, al menos 24 tienen que ser consecutivas, y disfrutadas preferentemente en domingo.

¿De cuántas horas es la jornada laboral para el servicio doméstico?

La jornada laboral máxima es de cuarenta horas semanales. En ningún caso las horas ordinarias de trabajo efectivo diario pueden ser más de nueve.

¿Existe el período de prueba antes del contrato de servicio doméstico?

Sí, aunque no se haga constar por escrito, y tiene una duración de quince días efectivos de trabajo. Durante los 15 días de prueba, cualquiera de las dos partes, empleadora o trabajadora, puede rescindir el contrato de trabajo, sin ninguna consecuencia, más que el derecho a liquidar el salario correspondiente. Una vez transcurrido este tiempo, [...]

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