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¿Qué es un contrato?

El contrato es la fuente primordial de las obligaciones. Implica la concurrencia de voluntades de los participantes. Las obligaciones legales y tributarias son las más conocidas. En las relaciones contractuales se decide cuáles son las obligaciones. Además, implica la concurrencia de más de una personalidad, no se da la unilateralidad. Hay bilateralidad o plurilateralidad.

El Código Civil establece:

  • Artículo 1090

Las obligaciones derivadas de la ley no se presumen. Sólo son exigibles las expresamente determinadas en este Código o en leyes especiales, y se regirán por los preceptos de la Ley que las hubiere establecido; y, en lo que ésta no hubiere previsto, por las disposiciones del presente libro.

El contrato, por tanto, es la voluntad común o concorde de dos o más partes, en un propósito o finalidad común dirigida a la creación, modificación o extinción de relaciones jurídicas.

  • Artículo 1255

Los contratantes pueden establecer los pactos, cláusulas y condiciones que tengan por conveniente, siempre que no sean contrarios a las leyes, a la moral ni al orden público.

  • Artículo 1256

La validez y el cumplimiento de los contratos no pueden dejarse al arbitrio de uno de los contratantes.

  • Artículo 1257

Los contratos sólo producen efecto entre las partes que los otorgan y sus herederos; salvo, en cuanto a éstos, el caso en que los derechos y obligaciones que proceden del contrato no sean transmisibles, o por su naturaleza, o por pacto, o por disposición de la ley.

Si el contrato contuviere alguna estipulación en favor de un tercero, éste podrá exigir su cumplimiento, siempre que hubiese hecho saber su aceptación al obligado antes de que haya sido aquélla revocada.

  • Artículo 1156

Las obligaciones se extinguen:

  1. Por el pago o cumplimiento.
  2. Por la pérdida de la cosa debida.
  3. Por la condonación de la deuda.
  4. Por la confusión de los derechos de acreedor y deudor.
  5. Por la compensación.
  6. Por la novación.

Otro aspecto importante es el de distinguir la estructura del contrato. Para que sea válido requiere que la estructura esté completa.

Rescisión del contrato

Los contratos válidamente celebrados pueden rescindirse en los casos establecidos por la Ley. Artículo 1291 Son rescindibles: 1. Los contratos que pudieren celebrar los tutores sin autorización judicial, siempre que las personas a quienes representan hayan sufrido lesión en más de la cuarta parte del valor de las cosas que hubiesen sido objeto de aquéllos. [...]

El contrato

Un contrato es, a grandes rasgos, un acuerdo privado, oral o escrito, entre varias partes que se obligan sobre una materia o cosa determinada, y cuyo cumplimiento puede ser exigido. Es un acuerdo de voluntades que genera derechos y obligaciones para las partes. En Modelo Contrato queremos ofrecerte toda la información que necesitas para redactar [...]

Persona jurídica

La diferencia entre la persona física y la jurídica es que la persona jurídica puede ser también una entidad o sociedad que obtiene esa condición legal, pero no es un ser humano, una persona física. Así mismo, una sociedad unipersonal también tendría consideración de persona jurídica, ya que se tendría en cuenta la condición de [...]

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