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	<title>Modelo Contrato &#187; Indefinidos o temporales bonificados</title>
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	<description>Modelos de contrato: contrato de trabajo, contrato de compraventa, contrato de alquiler, contrato para autónomos</description>
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		<title>Contrato laboral para mayores de 52 años beneficiarios de subsidios por desempleo</title>
		<link>http://www.modelocontrato.net/contrato-laboral-para-mayores-de-52-anos-beneficiarios-de-subsidios-por-desempleo.html</link>
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		<pubDate>Wed, 16 Dec 2009 15:59:53 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Contrato de trabajo]]></category>
		<category><![CDATA[Indefinidos o temporales bonificados]]></category>
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		<description><![CDATA[Este acuerdo tiene por objetivo facilitar la contratación laboral para trabajadores mayores de 52 años beneficiarios de los subsidios por desempleo. Requisitos: Trabajadores Desempleados mayores de 52 años, inscritos en el Servicio Público de Empleo y beneficiarios de cualquiera de los subsidios del artículo215 del Texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Este acuerdo tiene por objetivo facilitar la contratación laboral para trabajadores mayores de 52 años beneficiarios de los subsidios por desempleo.</p>
<p><strong>Requisitos:</strong></p>
<p><strong>Trabajadores</strong></p>
<ul>
<li>Desempleados mayores de 52 años, inscritos en el Servicio Público de Empleo y beneficiarios de cualquiera de los subsidios del artículo215 del Texto refundido de la Ley general de la Seguridad Social o del subsidio por desempleo de los trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social.</li>
</ul>
<ul>
<li>La aplicación de esta medida es voluntaria.</li>
</ul>
<ul>
<li>El trabajador no debe tener relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, inclusive hasta el segundo grado, con quienes posean cargos de dirección o sean parte de los órganos de administración de las sociedades, así como con los acuerdos que se celebren con estos últimos.</li>
</ul>
<p><strong>Empresa</strong></p>
<ul>
<li>Esta medida no se aplica en contratos de inserción, subvencionados por el Servicio Público de Empleo Estatal amparado en el Programa de Fomento de Empleo Agrario, o cuando el acuerdo se realiza por:</li>
</ul>
<p><strong>-</strong> Entidades que cuenten con un expediente de regulación de empleo en el momento de la contratación.<br />
- Empresas en las que el desempleado beneficiario del subsidio por desempleo haya laborado en los últimos 12 meses, excepto en contratos con trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social.</p>
<p><strong>Formalización.-</strong> El contrato deberá hacerse por escrito y utilizando el modelo oficial que disponga el Servicio Público de Empleo Estatal. Asimismo, se comunicará al Servicio Público de Empleo en los 10 días posteriores a su celebración.</p>
<p><strong>Duración.-</strong> Pueden realizarse a tiempo completo y de forma indefinida o temporal, con duración superior a tres meses, excepto en acuerdos con trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social.</p>
<p><strong>Incentivos</strong><br />
Las ayudas que pueden recibir los beneficiarios del subsidio y las entidades que los contraten son las siguientes:</p>
<ul>
<li><strong></strong>Abono mensual al trabajador del 50% del valor del subsidio, durante la duración  del contrato, con el límite máximo del doble del período pendiente de percibir del subsidio y sin perjuicio de la aplicación de las causas de extinción del derecho previstas en las letras a, e, f, g y h del artículo 213 del Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.</li>
</ul>
<ul>
<li>Abono al trabajador, en un solo pago, de tres meses del valor del subsidio si el trabajo que origina la compatibilidad obliga al beneficiario a cambiar de lugar habitual de residencia.</li>
</ul>
<ul>
<li>Bonificación del 50% de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes en el caso de un acuerdo temporal, con un máximo de 12 meses (excepto en contratos con trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario).</li>
</ul>
<ul>
<li>Bonificación que corresponda en caso de acuerdo indefinido según la regulación vigente del Programa Anual de Fomento de Empleo establecido en la Ley 43/2006, de 29 de diciembre (BOE de 30 de diciembre), o en otras disposiciones vigentes.</li>
</ul>
<ul>
<li>Respecto a los trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario, la entidad gestora abonará al trabajador el 50% del importe de la cuota fija al REASS en toda la duración del contrato.</li>
</ul>
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		</item>
		<item>
		<title>Contrato bonificado para trabajadores víctimas de violencia de género o doméstica</title>
		<link>http://www.modelocontrato.net/contratos-bonificados-para-trabajadores-victimas-de-violencia-de-genero-o-domestica.html</link>
		<comments>http://www.modelocontrato.net/contratos-bonificados-para-trabajadores-victimas-de-violencia-de-genero-o-domestica.html#comments</comments>
		<pubDate>Wed, 16 Dec 2009 15:12:38 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Contrato de trabajo]]></category>
		<category><![CDATA[Indefinidos o temporales bonificados]]></category>
		<category><![CDATA[bonificados]]></category>
		<category><![CDATA[contratos]]></category>
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		<category><![CDATA[género]]></category>
		<category><![CDATA[trabajadores]]></category>
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		<description><![CDATA[Este acuerdo tiene por objetivo facilitar la contratación bonificada para trabajadores acreditados, por la administración competente, la condición de víctima de violencia de género o doméstica. Requisitos: Trabajadores Acreditados por la Administración competente en  la condición de víctima de violencia de género o de violencia doméstica por parte de algún miembro de la unidad de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Este acuerdo tiene por objetivo facilitar la contratación bonificada para trabajadores acreditados, por la administración competente, la condición de víctima de violencia de género o doméstica.</p>
<p><strong>Requisitos:</strong></p>
<p><strong>Trabajadores</strong></p>
<ul>
<li>Acreditados por la Administración competente en  la condición de víctima de violencia de género o de violencia doméstica por parte de algún miembro de la unidad de familiar de convivencia.</li>
</ul>
<ul>
<li>El trabajador no debe tener relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, inclusive hasta el segundo grado, con quienes posean cargos de dirección o sean parte de los órganos de administración de las sociedades, así como con los acuerdos que se celebren con estos últimos. Sin embargo, no se aplicará esta exclusión si el que otorga empleo es un trabajador autónomo sin asalariado alguno, y contrate a un solo familiar menor de 45 años, que no habite en su hogar ni esté a su cargo.</li>
</ul>
<ul>
<li>El trabajador no debe haber estado vinculado con la empresa en los 24 meses precedentes a la contratación a través de contrato indefinido; o en los últimos 6 meses por medio de un  contrato de duración determinada o temporal, formativo, de relevo o de sustitución por jubilación.</li>
</ul>
<ul>
<li>No pueden acordar este contrato aquellos que hayan finalizado su relación laboral de índole indefinida en un plazo de tres meses previos a la concreción del contrato. Esta exclusión no tendrá efecto en casos donde la finalización del contrato sea por despido reconocido o declarado improcedente, o por despido colectivo.</li>
</ul>
<p><strong>Empresa</strong></p>
<ul>
<li>Estar al tanto del cumplimiento de sus deberes tributarios y de Seguridad Social.</li>
</ul>
<ul>
<li>Podrán llevar a cabo este acuerdo aquellas instituciones, incluidas las sociedades laborales y las cooperativas, que incorporen a este colectivo como socios trabajadores o de trabajo, siempre que la empresa tenga un régimen de Seguridad Social propio de trabajadores por cuenta ajena, así como los trabajadores autónomos.</li>
</ul>
<ul>
<li>No estar excluida de los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo previsto en el artículo 46 del R.D. legislativo 5/2000, de 4 de agosto (BOE de 8 de agosto).</li>
</ul>
<ul>
<li>Quedarán excluidas por 12 meses de las ayudas contempladas en la Ley, las entidades que hayan extinguido o lo estén haciendo, por despido declarado o reconocido improcedente o por despido colectivo, contratos bonificados amparados en las normativas de fomento del empleo, de acuerdo al  D. Ley 43/2006, de 29 de diciembre, artículo 6.2 (B.O.E. de 30 de diciembre).</li>
</ul>
<p><strong>Formalización.-</strong> El contrato deberá hacerse por escrito y utilizando el modelo oficial que disponga el Servicio Público de Empleo Estatal. Asimismo, se comunicará al Servicio Público de Empleo en los 10 días posteriores a su celebración.</p>
<p><strong>Duración.- </strong>Pueden realizarse con carácter indefinido, incluida la modalidad de fijos discontinuos, o temporal por medio de acuerdos a tiempo completo o parcial.<br />
<strong><br />
Incentivos</strong></p>
<ul>
<li>Este contrato da derecho, desde la fecha de la concreción del contrato, a una bonificación mensual de la cuota empresarial a la Seguridad Social por trabajador contratado víctima de violencia doméstica de 70,83 euros al mes (850 euros/año) durante cuatro años.</li>
<li>En el caso de víctima de violencia de género, la bonificación será de 125 euros por mes (1.500 euros/año) durante 4 años.</li>
</ul>
<ul>
<li>Cada contrato temporal da derecho a una bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social de 50 euros al mes (600 euros/año) durante toda la vigencia del acuerdo.</li>
</ul>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Contrato temporal de fomento de empleo en situación de exclusión social en empresas de inserción</title>
		<link>http://www.modelocontrato.net/contrato-temporal-de-fomento-de-empleo-en-situacion-de-exclusion-social-en-empresas-de-insercion.html</link>
		<comments>http://www.modelocontrato.net/contrato-temporal-de-fomento-de-empleo-en-situacion-de-exclusion-social-en-empresas-de-insercion.html#comments</comments>
		<pubDate>Tue, 15 Dec 2009 17:42:07 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Contrato de trabajo]]></category>
		<category><![CDATA[Indefinidos o temporales bonificados]]></category>
		<category><![CDATA[Contrato]]></category>
		<category><![CDATA[empleo]]></category>
		<category><![CDATA[empresas]]></category>
		<category><![CDATA[exclusión]]></category>
		<category><![CDATA[fomento]]></category>
		<category><![CDATA[inserción]]></category>
		<category><![CDATA[situación]]></category>
		<category><![CDATA[social]]></category>
		<category><![CDATA[temporal]]></category>

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		<description><![CDATA[Este acuerdo tiene por objetivo facilitar la contratación temporal para fomentar el empleo en situaciones de exclusión social en instituciones de inserción. Requisitos: Trabajadores Desempleados inscritos en la oficina de empleo y en situación de exclusión social. Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción, o cualquier otra prestación de similar origen, de acuerdo con la denominación [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Este acuerdo tiene por objetivo facilitar la contratación temporal para fomentar el empleo en situaciones de exclusión social en instituciones de inserción.</p>
<p><strong>Requisitos:</strong></p>
<p><strong>Trabajadores</strong></p>
<ul>
<li>Desempleados inscritos en la oficina de empleo y en situación de exclusión social.</li>
</ul>
<ul>
<li>Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción, o cualquier otra prestación de similar origen, de acuerdo con la denominación usada en la Comunidad Autónoma respectiva.</li>
</ul>
<ul>
<li>Personas que no puedan acceder a las prestaciones correspondientes por alguna de las siguientes causas:</li>
</ul>
<p>- Carencia del periodo mínimo exigido de residencia o empadronamiento, o para constituir la Unidad Perceptora.<br />
- El periodo máximo de percepción establecido se haya acabado.<br />
- Mayores de 18 y menores de 30 años provenientes de Instituciones de Protección de Menores.<br />
- Internos de centros penitenciarios que puedan acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en la aplicación de la relación laboral especial determinada en el artículo 1 del Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, así como liberados condicionales y ex reclusos.<br />
- Personas con problemas de drogodependencia o trastornos adictivos en proceso de rehabilitación o reinserción social.<br />
- Menores internos que estén en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, que regula la responsabilidad penal de aquellos.<br />
- Personas que procedan de centros de alojamiento alternativo y de servicios de prevención e inserción social con permiso de las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.</p>
<ul>
<li>No pueden ser contratados aquellos que en los dos años inmediatamente anteriores hubieran prestado servicios, en una empresa, por medio de un contrato de trabajo, incluida esta misma modalidad, salvo que en el supuesto de fracaso de un proceso previo de inserción o en el de recaída en situación de exclusión, se considere lo contrario por el Servicio Público correspondiente.</li>
</ul>
<ul>
<li>No pueden acordar este contrato aquellos que hayan finalizado su relación laboral de índole indefinida en un plazo de tres meses previos a la concreción del contrato.</li>
</ul>
<p><strong>Empresa</strong></p>
<ul>
<li>No pueden contratar temporalmente aquellos en situación de exclusión social las entidades que, en los 12 meses anteriores al acuerdo, hayan extinguido contratos indefinidos por despido reconocido o declarado improcedente o por despido colectivo.</li>
</ul>
<ul>
<li>El período de exclusión se contará a partir del reconocimiento de improcedencia del despido o de la extinción derivada del despido colectivo.</li>
</ul>
<p><strong>Formalización.-</strong> El contrato deberá hacerse por escrito y utilizando el modelo oficial que disponga el Servicio Público de Empleo Estatal. Asimismo, se comunicará al Servicio Público de Empleo en los 10 días posteriores a su celebración.</p>
<p><strong>Duración.-</strong> El contrato puede celebrarse por un período mínimo de doce meses y máximo de tres años. Sin embargo, podrá acordarse por una duración menor si, dentro del itinerario de inserción previamente establecido, así se aconseja por los Servicios Sociales Públicos correspondientes para el seguimiento del proceso de inserción, sin que en ningún caso dicha duración pueda ser menor a seis meses.</p>
<ul>
<li>Podrá celebrarse a jornada completa o parcial, y las prórrogas no serán inferiores a 12 meses.</li>
</ul>
<ul>
<li>Al finalizar el acuerdo, el trabajador tiene derecho a una indemnización de 12 días de salario por año de servicio.</li>
</ul>
<p><strong>Incentivos</strong><br />
Este contrato da derecho a una bonificación a las cuotas de la Seguridad Social de 70,83 euros al mes (850 euros/año) durante toda la vigencia del contrato.</p>
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		</item>
		<item>
		<title>Contrato bonificado en situación de exclusión social por empresas de inserción</title>
		<link>http://www.modelocontrato.net/contratos-bonificados-en-situacion-de-exclusion-social-por-empresas-de-insercion.html</link>
		<comments>http://www.modelocontrato.net/contratos-bonificados-en-situacion-de-exclusion-social-por-empresas-de-insercion.html#comments</comments>
		<pubDate>Tue, 15 Dec 2009 17:34:52 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Contrato de trabajo]]></category>
		<category><![CDATA[Indefinidos o temporales bonificados]]></category>
		<category><![CDATA[bonificado]]></category>
		<category><![CDATA[Contrato]]></category>
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		<category><![CDATA[situación]]></category>
		<category><![CDATA[social]]></category>

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		<description><![CDATA[Este acuerdo tiene por objetivo facilitar la contratación bonificada para trabajadores en situación de exclusión social por entidades de inserción. Requisitos: Trabajadores Trabajadores sin empleo en situación de exclusión social. La exclusión social será acreditada por los servicios sociales correspondientes  y determinada por pertenecer a alguno de estos grupos: - Perceptores de Rentas Mínimas de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Este acuerdo tiene por objetivo facilitar la contratación bonificada para trabajadores en situación de exclusión social por entidades de inserción.</p>
<p><strong>Requisitos</strong>:</p>
<p><strong>Trabajadores </strong></p>
<ul>
<li>Trabajadores sin empleo en situación de exclusión social. La exclusión social será acreditada por los servicios sociales correspondientes  y determinada por pertenecer a alguno de estos grupos:</li>
</ul>
<p>- Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción, o cualquier otra prestación de similar origen, de acuerdo con la denominación usada en la Comunidad Autónoma respectiva.<br />
- Aquellos quienes no tienen acceso a las prestaciones referidas en el párrafo anterior, debido a:<br />
. Carencia del periodo mínimo exigido de residencia o empadronamiento, o para constituir la Unidad Perceptora.<br />
. El periodo máximo de percepción establecido se haya acabado.<br />
- Mayores de 18 y menores de 30 años provenientes de Instituciones de Protección de Menores.<br />
- Internos de centros penitenciarios que puedan acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en la aplicación de la relación laboral especial determinada en el artículo 1 del Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, así como liberados condicionales y ex reclusos.<br />
- Personas con problemas de drogodependencia o trastornos adictivos en proceso de rehabilitación o reinserción social.<br />
- Menores internos que estén en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, que regula la responsabilidad penal de aquellos.<br />
- Personas que procedan de centros de alojamiento alternativo y de servicios de prevención e inserción social con permiso de las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.</p>
<ul>
<li>El trabajador no debe tener relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, inclusive hasta el segundo grado, con quienes posean cargos de dirección o sean parte de los órganos de administración de las sociedades, así como con los acuerdos que se celebren con estos últimos. Sin embargo, no se aplicará esta exclusión si el que otorga empleo es un trabajador autónomo sin asalariado alguno, y contrate a un solo familiar menor de 45 años, que no habite en su hogar ni esté a su cargo.</li>
</ul>
<ul>
<li>El trabajador no debe haber estado vinculado con la empresa en los 24 meses precedentes a la contratación a través de contrato indefinido; o en los últimos 6 meses por medio de un  contrato de duración determinada o temporal, formativo, de relevo o de sustitución por jubilación.</li>
</ul>
<ul>
<li>No pueden acordar este contrato aquellos que hayan finalizado su relación laboral de índole indefinida en un plazo de tres meses previos a la concreción del contrato. Esta exclusión no tendrá efecto en casos donde la finalización del contrato sea por despido reconocido o declarado improcedente, o por despido colectivo.</li>
</ul>
<p><strong>Empresa</strong></p>
<ul>
<li>Ser sociedad mercantil o cooperativa que califique como entidad de inserción, con una actividad económica cuyo objeto social sea la integración y formación  de personas en estado de exclusión social.</li>
</ul>
<ul>
<li>Que sean promovidas por entidades sin fines de lucro, sin fines lucrativos y las fundaciones, cuto fin social sea el de la inserción de personas desfavorecidas. Asimismo, esta participación será al menos de un 51% del capital social en sociedades mercantiles.</li>
</ul>
<ul>
<li>Inscribirse en el Registro correspondiente, como también en el Registro Administrativo de Empresas de Inserción de la Comunidad Autónoma.</li>
</ul>
<ul>
<li>Mantener un porcentaje en proceso de inserción mínimo de 30% durante los tres  primeros años de actividad y de al menos el 50% del total de la plantilla en el cuarto año.</li>
</ul>
<ul>
<li>El 80 por ciento, por lo menos, de los excedentes disponibles deben utilizarse para mejorar o ampliar las estructuras productivas y de inserción.</li>
</ul>
<ul>
<li>Presentar anualmente un Balance Social que incluya información sobre las tareas de inserción realizadas y previsiones para el próximo ejercicio pensado.</li>
</ul>
<p><strong>Formalización.-</strong> El contrato deberá hacerse por escrito y utilizando el modelo oficial que disponga el Servicio Público de Empleo Estatal. Asimismo, se comunicará al Servicio Público de Empleo en los 10 días posteriores a su celebración.</p>
<p><strong>Duración.-</strong> Pueden realizarse con carácter indefinido, incluida la modalidad de fijos discontinuos, o temporal por medio de acuerdos a tiempo completo o parcial, debiendo en este caso ser la jornada diaria o semanal superior a la mitad de la jornada del trabajador a tiempo completo comparable.</p>
<p><strong>Incentivos</strong><br />
Cada acuerdo indefinido o temporal da derecho a una bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social de 70,83 euros al mes (850 euros/año) en toda la vigencia del contrato, o durante 3 años en caso de un acuerdo indefinido.</p>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Contrato bonificado para trabajadores en situación de exclusión social</title>
		<link>http://www.modelocontrato.net/contrato-bonificado-para-trabajadores-en-situacion-de-exclusion-social.html</link>
		<comments>http://www.modelocontrato.net/contrato-bonificado-para-trabajadores-en-situacion-de-exclusion-social.html#comments</comments>
		<pubDate>Tue, 15 Dec 2009 15:40:01 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
				<category><![CDATA[Contrato de trabajo]]></category>
		<category><![CDATA[Indefinidos o temporales bonificados]]></category>
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		<category><![CDATA[trabajadores]]></category>

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		<description><![CDATA[Este acuerdo tiene por objetivo facilitar la contratación bonificada para trabajadores en situación de exclusión social. Requisitos: Trabajador Estar sin empleo o laborando en otra institución con un acuerdo a tiempo parcial, siempre y cuando su jornada laboral sea menor a un tercio de la de un trabajador a tiempo completo confrontable, en situación de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Este acuerdo tiene por objetivo facilitar la contratación bonificada para trabajadores en situación de exclusión social.</p>
<p><strong>Requisitos:</strong></p>
<p><strong>Trabajador</strong></p>
<ul>
<li>Estar sin empleo o laborando en otra institución con un acuerdo a tiempo parcial, siempre y cuando su jornada laboral sea menor a un tercio de la de un trabajador a tiempo completo confrontable, en situación de exclusión social.</li>
</ul>
<ul>
<li>La exclusión social será acreditada por los servicios sociales correspondientes  y determinada por pertenecer a alguno de estos grupos:</li>
</ul>
<p><strong>- </strong>Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción, o cualquier otra prestación de similar origen, de acuerdo con la denominación usada en la Comunidad Autónoma respectiva.<br />
- Aquellos quienes no tienen acceso a las prestaciones referidas en el párrafo anterior, debido a:<br />
. Carencia del periodo mínimo exigido de residencia o empadronamiento, o para constituir la Unidad Perceptora.<br />
. El periodo máximo de percepción establecido se haya acabado.<br />
- Mayores de 18 y menores de 30 años provenientes de Instituciones de Protección de Menores.<br />
- Internos de centros penitenciarios que puedan acceder a un empleo y cuya relación laboral no esté incluida en la aplicación de la relación laboral especial determinada en el artículo 1 del Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, así como liberados condicionales y ex reclusos.<br />
- Personas con problemas de drogodependencia o trastornos adictivos en proceso de rehabilitación o reinserción social.<br />
- Menores internos que estén en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, que regula la responsabilidad penal de aquellos.<br />
- Personas que procedan de centros de alojamiento alternativo con permiso de las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.</p>
<ul>
<li>El trabajador no debe tener relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, inclusive hasta el segundo grado, con quienes posean cargos de dirección o sean parte de los órganos de administración de las sociedades, así como con los acuerdos que se celebren con estos últimos. Sin embargo, no se aplicará esta exclusión si el que otorga empleo es un trabajador autónomo sin asalariado alguno, y contrate a un solo familiar menor de 45 años, que no habite en su hogar ni esté a su cargo.</li>
</ul>
<ul>
<li>El trabajador no debe haber estado vinculado con la empresa en los 24 meses precedentes a la contratación a través de contrato indefinido; o en los últimos 6 meses por medio de un  contrato de duración determinada o temporal, formativo, de relevo o de sustitución por jubilación.</li>
</ul>
<ul>
<li>No pueden acordar este contrato aquellos que hayan finalizado su relación laboral de índole indefinida en un plazo de tres meses previos a la concreción del contrato. Esta exclusión no tendrá efecto en casos donde la finalización del contrato sea por despido reconocido o declarado improcedente, o por despido colectivo.</li>
</ul>
<p><strong>Empresa</strong></p>
<ul>
<li>Estar al tanto del cumplimiento de sus deberes tributarios y de Seguridad Social.</li>
</ul>
<ul>
<li>No estar excluida de los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo previsto en el artículo 46 del R.D. legislativo 5/2000, de 4 de agosto (BOE de 8 de agosto).</li>
</ul>
<ul>
<li>Quedarán excluidas por 12 meses de las ayudas contempladas en la Ley, las entidades que hayan extinguido o lo estén haciendo, por despido declarado o reconocido improcedente o por despido colectivo, contratos bonificados amparados en las normativas de fomento del empleo, de acuerdo al  D. Ley 43/2006, de 29 de diciembre, artículo 6.2 (B.O.E. de 30 de diciembre).</li>
</ul>
<p><strong>Formalización.- </strong>El contrato deberá hacerse por escrito y utilizando el modelo oficial que disponga el Servicio Público de Empleo Estatal. Asimismo, se comunicará al Servicio Público de Empleo en los 10 días posteriores a su celebración.</p>
<p><strong>Duración.- </strong>Pueden realizarse con carácter indefinido, incluida la modalidad de fijos discontinuos, o temporal por medio de acuerdos a tiempo completo o parcial.</p>
<p><strong>Incentivos</strong></p>
<ul>
<li>Cada tipo de contrato indefinido o temporal da derecho a una bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social de 50 euros por mes (600 euros/año) por cuatro años.</li>
</ul>
<ul>
<li>Si el acuerdo es temporal, la bonificación será de 41,67 euros por mes (500 euros/año) durante toda la vigencia del contrato.</li>
</ul>
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		<title>Modelos: Contrato de trabajo para mayores de 52 años beneficiarios de subsidios por desempleo</title>
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		<pubDate>Fri, 04 Dec 2009 16:06:28 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[El Ministerio de Trabajo español, a través del Servicio Público de Empleo Estatal, pone a disposición de empresas y trabajadores un modelo de contrato de trabajo para trabajadores mayores de 52 años beneficiarios de los subsidios por desempleo estándar. Éste se puede descargar fácilmente de la web, rellenar en el ordenador e imprimirlo después. Contrato [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El Ministerio de Trabajo español, a través del Servicio Público de Empleo Estatal, pone a disposición de empresas y trabajadores un modelo de contrato de trabajo para trabajadores mayores de 52 años beneficiarios de los subsidios por desempleo estándar. Éste se puede descargar fácilmente de la web, rellenar en el ordenador e imprimirlo después.</p>
<p><a href="http://www.modelocontrato.net/wp-content/uploads/2009/12/Contrato-de-trabajo-para-trabajadores-mayores-de-52-a%C3%B1os-beneficiarios-de-los-subsidios-por-desempleo.pdf"><img class="size-full wp-image-566 alignnone" title="Dibujo 12" src="http://www.modelocontrato.net/wp-content/uploads/2009/12/Dibujo-12.JPG" alt="Dibujo 12" width="204" height="323" /></a></p>
<p><a href="http://www.modelocontrato.net/wp-content/uploads/2009/12/Contrato-de-trabajo-para-trabajadores-mayores-de-52-años-beneficiarios-de-los-subsidios-por-desempleo.pdf">Contrato de trabajo para trabajadores mayores de 52 años beneficiarios de los subsidios por desempleo</a> &#8211; PDF</p>
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		<title>Modelos: Contrato de trabajo para situaciones de exclusión por empresas de inserción</title>
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		<pubDate>Fri, 04 Dec 2009 15:51:22 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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			<content:encoded><![CDATA[<p>El Ministerio de Trabajo español, a través del Servicio Público de Empleo Estatal, pone a disposición de empresas y trabajadores un modelo de contrato de trabajo para trabajadores en situación de exclusión social por empresas de inserción estándar. Éste se puede descargar fácilmente de la web, rellenar en el ordenador e imprimirlo después.</p>
<p><a href="http://www.modelocontrato.net/wp-content/uploads/2009/12/Contrato-de-trabajo-para-trabajadores-en-situaci%C3%B3n-de-exclusi%C3%B3n-social-por-empresas-de-inserci%C3%B3n.pdf"><img class="alignnone size-full wp-image-558" title="Dibujo 11" src="http://www.modelocontrato.net/wp-content/uploads/2009/12/Dibujo-111.JPG" alt="Dibujo 11" width="209" height="300" /></a></p>
<p><a href="http://www.modelocontrato.net/wp-content/uploads/2009/12/Contrato-de-trabajo-para-trabajadores-en-situación-de-exclusión-social-por-empresas-de-inserción.pdf">Contrato de trabajo para trabajadores en situación de exclusión social por empresas de inserción</a> &#8211; PDF</p>
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		<title>Modelos: Contrato de trabajo para situaciones de exclusión social y para víctimas de violencia de género</title>
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		<pubDate>Fri, 04 Dec 2009 15:27:55 +0000</pubDate>
		<dc:creator>admin</dc:creator>
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			<content:encoded><![CDATA[<p>El Ministerio de Trabajo español, a través del Servicio Público de Empleo Estatal, pone a disposición de empresas y trabajadores un modelo de contrato de trabajo para trabajadores en situación de exclusión social, y para víctimas de violencia de género, estándar. Éste se puede descargar fácilmente de la web, rellenar en el ordenador e imprimirlo después.</p>
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<p><a href="http://www.modelocontrato.net/wp-content/uploads/2009/12/Contrato-de-trabajo-para-trabajadores-en-situación-de-exclusión-social-y-víctimas-de-violencia-de-género2.pdf">Contrato de trabajo para trabajadores en situación de exclusión social y para víctimas de violencia de género</a> &#8211; PDF</p>
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