Contrato de trabajo bonificado para penados en instituciones penitenciarias

Para llevar a cabo este tipo de contrato laboral, los trabajadores deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar en una organización penitenciaria como penado.

En lo que respecta a las exigencias de la empresa:

  • Instituciones penitenciarias dependientes de la entidad autónoma Trabajo y Prestaciones Penitenciarias u órgano autónomo similar.

Para formalizarlo, este contrato se llevará a cabo por obra o servicio determinado, a tiempo completo o parcial.

Asimismo, se realizará en el modelo oficial establecido al efecto y su celebración se comunicará al Servicio Público de Empleo en el plazo de los diez días posteriores a su concertación.

A la finalización del contrato, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar ocho días de salario por cada año de servicio o la establecida, en su caso, en
normativa específica que sea de aplicación.

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