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El contrato mercantil
Se refiere a un acuerdo jurídico bilateral que tiene por objeto una acción de comercio.
Así, una negociación jurídica puede considerase “acto de comercio”, debido a la condición de las partes que intervienen en el mismo (sean o no comerciantes), en función de su objeto (si este último está estipulado o no en el Código de Comercio como mercantil), o tomando conjuntamente estos dos razonamientos.
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