¿Puede renunciar el arrendatario a la prórroga en un contrato de alquiler de vivienda?

El arrendatario podrá renunciar a la prórroga en un contrato de alquiler de vivienda, manifestándolo al arrendador con 30 días de antelación a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de las prórrogas.

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